Perito es una persona especializada en alguna ciencia, arte u oficio, que con sus conocimientos puede emitir su opinión técnica.
articulo 23. los peritos deben tener titulo en la ciencia u arte aque se refiere en el punto sobre el cual deberá dictaminarse, si la profesión o arte esta legalmente reglamentada, en casos contrarios se nombrara perito practico.
articulo 20-A *sujeto procesal
*medidas de protección
*responsabilidad civil
*defensa
*entrevista previa
articulo 20-B *presunción de inocencia
*declarar o guardar silencio
*derechos en detención
Después de 48 horas para revocar los elementos suficientes el mp solicita audiencia al juez competente para hacer de conocimiento un hecho delictivo.
Después de 48 horas si la persona sigue en detención en los separos, se están violando sus derechos.
Juez de control : es quien recibe toda la información y da continuidad al proceso.
flagrante
causiflagrante
caso urgente
*primero se checa que el procedimiento de detención sea legal
*audiencia de formulación de imputación al detenido sele hace saber que sele hace de conocimiento que se le encontró en tiempo, modo y lugar y que portal motivo esta detenido, partes intervinientes y el hecho delictivo
*vinculación ha proceso es la fase de la audiencia en donde se inicia el análisis si existen elementos o no para canalizar a una persona aun procedimiento formal (auto de formal prisión)
*172 horas para que su defensa tenga de recolectar pruebas para su defensa
MEDIDAS CAUTELARES
*garantía
*arraigo domiciliario
*prisión preventiva
*salir del estado
*no acercarse a victima - lugares
*firma periódica
cuando no hay detenido se pide
*audiencia de control de detención
*se califica de ilegal o ilegal de la detención
auto apertura investigación
lapso de investigación
-3 meses -1 1-2 intermedio
-6 meses máximo
PENITENCIARIA
* vinculados
*población
*sentenciados
*máxima seguridad
No hay comentarios.:
Publicar un comentario